CONVOCATORIAS

Abrió la Cuarta convocatoria de Festivales Argentinos

El programa de apoyo a la realización de fiestas, festivales y eventos culturales en todo el país, para el primer semestre de 2023. La inscripción finaliza el 15 de noviembre.


CERRADA
 Del 26 de octubre de 2022 al 15 de noviembre de 2022.
Música

¿Qué es?

El Programa Festivales Argentinos brinda apoyo económico para la realización de fiestas, festivales y eventos culturales en todas las provincias y municipios del país, programadas entre el 1 de enero y el 30 de junio 2023.

Festivales Argentinos es una iniciativa del Ministerio de Cultura de la Nación, a través de la Secretaría de Gestión Cultural y es llevada adelante por la Dirección de Acción Federal. Se trata de una política pública para todo el territorio nacional destinada a fomentar la organización de celebraciones culturales de carácter popular, con el objetivo de potenciar las capacidades de gestión local, el desarrollo de las economías regionales y el turismo cultural.

Los festivales son expresiones fundamentales para el ejercicio efectivo de los derechos culturales. Facilitan el acceso y el disfrute de los bienes simbólicos y promueven la creación, la circulación y la distribución de producciones de las diversas disciplinas, géneros y estilos artísticos que existen en todo el país.

¿A quiénes está dirigida?

Del 26 de octubre hasta el 15 de noviembre pueden inscribirse organizadores de fiestas, festivales y eventos culturales cuya fecha de realización se encuentre comprendida entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2023.  Los organizadores pueden ser de dos tipos:

  • Organismos públicos provinciales o municipales
  • Asociaciones civiles con personería jurídica

En ambos casos la inscripción debe ser realizada por la máxima autoridad del área de gobierno o persona jurídica que organice el evento. Antes de postular los proyectos a la convocatoria todos los postulantes deben estar inscriptos en el Registro Federal de Cultura 

¿Es obligatorio estar inscripto en el Registro Federal de Cultura?

Sí, todos los y las postulantes deben estar inscriptos/as en el Registro Federal de Cultura antes de postular sus proyectos a la convocatoria. En el caso de los organismos públicos, la persona que ejerza la máxima autoridad en el área de gobierno que organice el evento deberá inscribirse como persona física. Las asociaciones civiles sin fines de lucro deberán estar inscriptas en el “Registro de Espacios Culturales” o en el “Registro de Organizaciones y Empresas Culturales” según corresponda, para lo cual, la máxima autoridad de la institución deberá primero crear un registro de persona física.

¿Cómo se realiza la inscripción?

Antes de inscribirse, se recomienda leer el reglamento con las bases y condiciones para la presentación de proyectos. Una vez completada la inscripción en el Registro Federal de Cultura, postular la propuesta a la convocatoria con todos los datos y la documentación requerida según el tipo de ente organizador (organismos públicos o personerías jurídicas sin fines de lucro) y la categoría de la fiesta o celebración. 

¿Cuáles son las categorías?

Hay cinco categorías de acuerdo a la magnitud de la convocatoria de público, basada en registros de la última edición con público presencial. Categorías:

  • Categoría A: Celebraciones que en su última edición con público presencial hayan tenido una concurrencia de más de CINCUENTA MIL (50.000) asistentes.
  • Categoría B: Celebraciones que en su última edición con público presencial hayan tenido una concurrencia entre DIEZ MIL (10.000) y CINCUENTA MIL (50.000) asistentes.
  • Categoría C: Celebraciones que en su última edición con público presencial hayan tenido una concurrencia entre CINCO MIL (5.000) y DIEZ MIL (10.000) asistentes.
  • Categoría D: Celebraciones que en su última edición hayan tenido una concurrencia entre MIL (1.000) y CINCO MIL (5.000) asistentes.
  • Categoría E: Celebraciones que en su última edición con público presencial hayan tenido una concurrencia inferior a MIL (1.000) asistentes, o que se realicen por primera vez.

¿Cuál es el tope de financiación que se puede pedir por categoría?

Cada postulante podrá solicitar el monto que resulte necesario de acuerdo a la propuesta presentada, con arreglo a los topes establecidos para cada categoría según el siguiente detalle:

  • Categoría A: Hasta PESOS TRES MILLONES ($3.000.000.-).
  • Categoría B: Hasta PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($1.750.000.-).
  • Categoría C: Hasta PESOS UN MILLÓN ($1.000.000.-).
  • Categoría D: Hasta PESOS SETECIENTOS CINCUENTA MIL ($750.000.-).
  • Categoría E: Hasta PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000.-)

¿Para qué se puede usar la ayuda otorgada?

Cada postulante debe presentar un proyecto de presupuesto en el que contemple las siguientes pautas:

A) Honorarios artísticos, técnicos y/o profesionales: Al menos CUARENTA POR CIENTO (40%), y hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50%), del monto total solicitado.

B) Infraestructura y/o servicios: Al menos CINCUENTA POR CIENTO (50%), y hasta el SESENTA POR CIENTO (60%) del monto total solicitado.

¿Qué documentación se debe adjuntar en el proceso de inscripción?

Todos los postulantes:

  • Comprobante de cuenta bancaria vigente y operativa en el que conste número, tipo de cuenta y CBU, firmado por el responsable de la postulación.
  • Constancia de inscripción de AFIP del organismo público o persona jurídica que organiza el evento.
  • Documentación que certifique la categoría en la que se inscribe (excepto eventos con público no presencial o eventos con público presencial que se realicen por primera vez). Por ejemplo: notas de prensa, fotografías digitales, informes emanados de instituciones locales (policía, bomberos, defensa civil u otros), declaraciones efectuadas ante entidades de derechos de autor, y/o cualquier otro documento que posean y que tenga aptitud para acreditar la afirmación que han efectuado. Toda esta documentación deberá ser unificada Descarga el modelo aquí.

Áreas de Gobierno:

  • Copia de ambos lados del DNI del responsable de la institución (firmada y aclarada por el titular).
  • Resolución que designa a la autoridad responsable del organismo.
  • Carta Compromiso para áreas de gobierno. Descarga el modelo aquí.

Organizaciones sin fines de lucro:

  • Copia de ambos lados del DNI (firmada y aclarada por el titular) de la persona que ejerce la máxima autoridad de la entidad conforme a su naturaleza jurídica, o su apoderado/a.
  • Poder suficiente cuando corresponda.
  • Acta constitutiva/estatuto de la entidad.
  • Resolución de otorgamiento de la persona jurídica por el organismo correspondiente.
  • Última designación de autoridades extraída del libro de actas debidamente rubricado.
  • Último balance contable de la entidad.
  • Carta compromiso para personas jurídicas. Descargá el modelo aquí.

Para más información o consultas escribir a: [email protected]